El día de hoy, ha entrado en vigor una nueva normativa, que se aplica a hoteles, agencias de viajes y otras empresas turísticas, que afecta al registro de viajeros. De acuerdo con el Real Decreto 933/2021, a partir de ahora, se impondrán nuevas obligaciones de registro y comunicación de datos de los clientes.
Aunque se aprobó en el 2021, el decreto había sido prorrogado en 3 ocasiones debido a las protestas del sector turístico, pero ahora su cumplimiento será obligatorio. Según el Ministerio del Interior, el objetivo principal es mejorar la protección de personas y bienes, reforzando la seguridad ciudadana frente a las crecientes amenazas del terrorismo y el crimen organizado.
El nuevo registro de viajeros exige que las empresas recopilen y conserven información detallada de sus clientes. Se reportarán a la plataforma Ses.Hospedajes, que los almacenará durante 3 años desde la finalización del servicio.
Los datos que se deben aportar son:
- Nombre y apellidos.
- Sexo.
- DNI o documento de identidad equivalente.
- Nacionalidad.
- Fecha de nacimiento.
- Lugar de residencia habitual.
- Teléfonos y correo electrónico.
- Número de viajeros.
- Relación de parentesco (en caso de menores de edad).
- Detalles de la transacción.
El Ministerio del Interior sostiene que el registro mejorará la capacidad de las fuerzas de seguridad para prevenir delitos, especialmente aquellos en los que el alojamiento y el alquiler de vehículos juegan un papel crucial. Según cifras oficiales, desde la implementación inicial de esta plataforma, 18.584 personas con requisitorias policiales han sido localizadas gracias a la información aportada por hoteles y agencias de viajes. Además, el Ministerio enfatiza que esta medida refuerza la seguridad frente a la contratación de servicios turísticos a través de vías telemáticas, que, aunque cómodas, pueden facilitar actividades delictivas debido a la privacidad que ofrecen.
Las multas por incumplimiento del decreto pueden ser significativas:
- Infracciones leves: Deficiencias en el registro o comunicación fuera de plazo continuado, con sanciones de 100 a 600 euros.
- Infracciones graves: Ausencia total de registro o incumplimiento en la comunicación, castigadas con multas de hasta 30.000 euros.